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Verificación en el Registro de Seguros de Vida

Registro Seguros

Uno de los primeros pasos que se deben realizar, o bien es recomendable realizar, en un Trámite de Herencias   es la Verificación de Pólizas de seguros de Vida existentes a nombre del fallecido o fallecida. Nuestros Especialistas en Herencias solicitan siempre este dato al Registro de Contratos de Seguro de Cobertura de Fallecimiento. De este modo nos aseguramos de la existencia, o no, de pólizas y de sus beneficiarios ya que se trata de una información imprescindible para poder  asesorar correctamente a nuestros clientes.

La importancia de conocer la existencia de seguros de vida reside en que influyen directamente a los herederos ya sea mediante una dotación dineraria o bien mediante la cancelación o amortización, total o parcial, de un préstamo o hipoteca que tuviera el asegurado.

 

¿Qué es el Registro de Seguros de Vida?

El Registro de Seguros de Vida, también llamado Registro de Contratos de Seguro de Cobertura de Fallecimiento es un registro informatizado, dependiente del Ministerio de Justicia, en el que se anotan todos los contratos de seguro de cobertura de fallecimiento o seguros de vida que se firmen en nuestro país y cuya finalidad es dar a conocer si una persona fallecida estaba asegurada con un seguro de cobertura de fallecimiento de forma que sus herederos, y beneficiarios del seguro de vida si existiese, puedan solicitar la correspondiente indemnización.

Tendrá acceso al Registro cualquier persona interesada en obtener información acerca de si una persona fallecida tenía contratado un seguro para caso de fallecimiento y de la entidad aseguradora con quien esté suscrito. La información requerida le tendrá que ser facilitada en el plazo de un mes desde que se realice la solicitud.

Con dicha información proporcionada por el Registro, nuestros Abogados Especialistas en Herencias pueden ayudarles a averiguar si tienen derecho a la prestación asegurada y a tramitar dicha reclamación.

El Registro conserva los datos relativos a la contratación de seguros de vida durante 5 años a contar desde la fecha de fallecimiento del asegurado en cuestión.

La ventaja de contratar unos servicios especializados es si duda la tranquilidad de que todo ello se va a realizar sin perjuicio alguno de los interesados y con la máxima profesionalidad, evitando molestias, dolores de cabeza y presiones entre familiares que no están familiarizados con estos trámites o, aún estando familiarizados, evita malos entendidos entre los afectados puesto que nuestros abogados, además de estar especializados en la tramitación de herencias, están especializados en la mediación entre familiares y/o herederos no familiares.

Para la Verificación de los Seguros de Vida es mejor que confíes en nuestros Especialistas en Herencias

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Hasta el momento hemos visto cómo obtener el Certificado Literal de Defunción y cómo solicitar el Certificado de Últimas Voluntades que junto a la información sobre Seguros de Vida del Fallecido o Fallecida, constituyen la información inicial y básica con la que nuestro bufete especializado en herencias desarrolla y analiza las mejores opciones fiscales y legales para sus clientes elaborando un plan fiscal personalizado y único para cada uno de ellos.

Por último, cabe destacar la existencia del Registro de Seguros de Vida, que nos puede dar la información si una persona fallecida estaba asegurada con un seguro de cobertura de fallecimiento. Pero de esto hablaremos en el siguiente artículo.

En nuestro siguiente artículo hablaremos sobre los trámites a seguir, cómo se realiza la aceptación de herencia.

Para más dudas pueden contactar con un especialista en herencias haciendo clic en el botón.

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