¿Cómo podemos obtener el Certificado Literal de Defunción?
Obtener el certificado literal de defunción es el primer Trámite de Herencias que debemos hacer. El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona y se puede solicitar de forma presencial en el registro civil o bien mediante la sede electrónica del ministerio de justicia. Puede ser solicitado por cualquier ciudadano que así lo requiera y tenga interés, salvo las excepciones legalmente previstas, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial. Sin embargo todas estas molestias nos las podemos evitar si contratamos los servicios de Especialistas en Herencias Sabadell, abogados especializados en los trámites de herencias del Bufete Vidal Sánchez o bien Especialistas en Herencias de Badalona donde también tenemos sede. Estos especialistas se encargan de todo el trámite facilitando así la gestión y evitando molestia a la familia.
La ventaja de contratar unos servicios especializados es si duda la tranquilidad de que todo ello se va a realizar sin perjuicio alguno de los interesados y con la máxima profesionalidad, evitando molestias y dolores de cabeza entre familiares que no están familiarizados con estos trámites.
Confiar en los profesionales nos da la tranquilidad de que todo se realizará correctamente
Una vez obtenemos el certificado literal de defunción podemos solicitar el certificado de últimas voluntades, certificado de seguros y proceder a la «lectura» del testamento así como la planificación de la aceptación de herencia y el cálculo del impuesto de sucesiones, pero de ello hablaremos mas adelante en otros artículos. Por el momento solo debemos tener en cuenta que la solicitud del certificado literal de defunción no implica ninguna obligación por parte de los herederos, hijos o cónyuges que podrían verse afectado por la defunción de un ser querido. Es simplemente un mero trámite inicial necesario para poder proceder en los casos de defunción.
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